martes, 7 de octubre de 2008

ACCION SINDICAL TRABAJO CON DERECHOS

Jornada Mundial de Acción Sindical por un Trabajo con Derechos

martes 7 de octubre de 2008

Convocada por la Confederación Sindical Internacional como parte de su programa fundacional, tendrá lugar hoy, en todo el mundo, una acción sindical internacional cuyos dos ejes principales son la exigencia de un “trabajo decente”, esto es un trabajo con derechos, en el que al menos estén garantizados los principios y derechos fundamentales que quedaran plasmados en la Declaración de OIT de 1998; y la adopción por los gobiernos e instituciones internacionales de todas las medidas necesarias para alcanzar los objetivos del milenio definidos por la ONU para la reducción de la pobreza en el mundo. Si se quiere, así formulados, parecen rudimentarios y exiguos reclamos de parte de un sujeto histórico, el movimiento sindical, de cuyas acciones de resistencia y acción política, depende en gran medida la posibilidad de abrir cauces emancipatorios a la clase trabajadora. La coyuntura ha querido que una decisión del sindicalismo internacional coincida con días en los que el capitalismo global, de raíz financiera, muestra con toda evidencia no sólo su ineficacia sino su verdadera finalidad. Escondido bajo el ropaje de un discurso con que se le pretendiera darle legitimidad excluyente, el sostenimiento de una elite que personifica como el sistema se expresa, invariablemente, en búsqueda del beneficio económico en la forma que sea, ha sido, en definitiva, el sentido de ello.La crisis se acompaña entonces con desmitificaciones inexorables: el discurso neoliberal es mero soporte ideológico de mayor explotación; pero, a la vez, en tanto las relaciones de fuerza aún lo permiten, el sistema se prepara para un procedimiento conocido: una monumental transferencia de recursos que refuerza la ya producida durante sus años de esplendor. Mientras tanto, aquella elite, que entre otras cosas exigía ajustes de plantillas y desregulación laboral, ahora reclama su propia protección contra el despido: millonarios blindajes con los cuales afrontar el desempleo. La estabilidad en el empleo parece ahora sí un valor a considerar y su pérdida un daño a resarcir. De tan obsceno, hasta quienes gestionan el salvataje y se aprestan a convalidar un nuevo despojo, se rebelan a tamaño despropósito.La jornada mundial de protesta se traduce a su vez en reivindicaciones particulares que cada movimiento sindical nacional o regional propone. Europa, a través de la Confederación Europea de Sindicatos (CES), por caso, la no aprobación de la propuesta de Directiva sobre el tiempo de trabajo, que llevaría a un retroceso histórico inadmisible y un burla al primer Convenio de la OIT. ¿Cómo se traduciría en Argentina, hoy, una plataforma reivindicativa por un trabajo con derechos?. Por lo pronto habría que acudir a la norma fundamental de OIT, la mencionada Declaración de Principios y Derechos Fundamentales en el trabajo y, sobre la base de la misma, exigir el cumplimiento efectivo e inmediato de uno de sus postulados: Libertad Sindical. En efecto, no sólo por la vigencia de dichos principios sino porque la OIT lo ha indicado expresa y especialmente en sucesivas oportunidades respecto de nuestro país: no está garantizado uno de estos derechos fundamentales y, por tanto, hay allí una primera exigencia.En segundo lugar un trabajo con derechos supone un primer e ineludible reconocimiento del carácter de sujeto para su exigibilidad. Un trabajo no registrado es un trabajador negado en su condición de sujeto a tener derechos. Un mercado de trabajo que sigue negando a más de una tercera parte de sus trabajadores resulta incompatible con los principios fundamentales en el trabajo. Más ostensible es la gravedad que ello encierra al observar como esta exclusión se verifica no sólo en sectores caracterizados por la informalidad sino como se aprovecha en las cadenas de producción mediante el recurso a la subcontratación, el falso cooperativismo o la autonomización del trabajo dependiente, e incluso en el propio Estado.Esta negación del carácter de sujeto también se expresa en la subsistencia de normas que dan cobertura legal al poder unilateral del empleador para dar por concluida la relación laboral de acuerdo a su propia voluntad. Como tantas veces se ha dicho, no es sólo una cuestión de costos, es, sencillamente, una cuestión de poder. En estos bolsones de precariedad aquella estabilidad que reclaman los CEO de las finanzas es una quimera. La acción sindical, por su parte, se encuentra debilitada por un sindicato ausente o por un sistema que rechaza y reprime las nuevas formas de organización.El trabajo con derechos está asociado a la protección social. El derecho del trabajo y la seguridad social, articuladamente, plasman las garantías sociales de la clase trabajadora. Por lo tanto es preciso observar también esta dimensión para examinar como cumple la Argentina con estos preceptos. La financiarización de la seguridad social, en los noventa, es reveladora de cómo se siguieron los patrones hoy en crisis en el mundo. La perduración de un sistema de jubilaciones y pensiones, que aún en sus correcciones, mantiene una vertiente privada y contraria tanto a la Constitución Nacional como a los principios de solidaridad y carácter público de la Seguridad Social, sigue siendo, entonces, una flagrante contradicción.Del mismo modo, un régimen de accidentes de trabajo fundado en aquella misma idea presidida por el lucro en la gestión de los mismos, carece de toda legitimidad jurídica, como lo ha venido remarcando la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, y de toda legitimidad social y política. La mora de los poderes públicos de abolir dicho régimen o, lo que es peor, la posibilidad de que, con cosmética, se mantenga es suficiente motivo para adherir, en la Argentina, a esta Jornada Mundial de acción sindical por un trabajo con derechos, a la que nos sumamos desde este boletín.

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