jueves, 3 de noviembre de 2011

Temario de diputados para la reunión de comisión del martes 8 de noviembre; Resoluciones y Declaraciones

Con Dictámen de la Comisión de Población

2.271-D.-11 (T.P. Nº 41).- Regazzoli: de declaración. Declarar de interés de la H. Cámara los centenarios de Doblas y de la Escuela 83, de la provincia de la Pampa. (Población y Desarrollo Humano y Educación.)
Fecha de Ingreso: 10-05-11



4.181-D.-11 (T.P. Nº 116).- Puiggrós: de resolución. Expresar beneplácito por el Décimo Congreso Regional Educación para la Inclusión Social, ¿Escuelas Inclusivas - Sociedades Excluyentes - Culturas de Exclusión?, a realizarse los días 1 y 2 de septiembre de 2011 en Hurlingham, provincia de Buenos Aires. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 29-08-11
Dictamen definitivo. 6-9-11 C/M. Por arts. 108 y 114 del Reglamento de la H. Cámara. Sale con 4.181-D-11

4.213-D.-11 (T.P. Nº 117).- Videla: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara el Congreso Internacional de Educación La Educación en la Sociedad del Conocimiento, a realizarse del 29 de septiembre al 1 de octubre de 2011 en la provincia de San Luis. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 30-08-11

4.224-D.-11 (T.P. Nº 118).- Scalesi: de resolución. Expresar felicitaciones a la alumna río negrina María Clara Houriet, por la beca que obtuvo del Instituto Balseiro en San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 31-08-11

4.235-D.-11 (T.P. Nº 118).- Puiggrós: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara, el Congreso la Educación Ambiental y la Participación Ciudadana para el Desarrollo de Actitudes Ambientalmente Responsables, a realizarse del 22 al 24 de septiembre de 2011, en Lanús, provincia de Buenos Aires. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 31-08-11

4.253-D.-11 (T.P. Nº 119).- Damilano Grivarello: de declaración. Expresar beneplácito por la implementación del programa Soy Pequeño con Grandes Derechos, en los jardines de infantes de la provincia del Chaco. (Educación, Derechos Humanos y Garantías, Familia y Mujer, Niñez y Adolescencia.)
Fecha de Ingreso: 31-08-11

4.265-D.-11 (T.P. Nº 120).- Currilén: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara el establecimiento educativo Jardín de Infantes Nº 936 Horacio Quiroga ubicado en el Delta del Tigre, provincia de Buenos Aires. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 1º-09-11

4.267-D.-11 (T.P. Nº 120).- Guzmán: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara el I Congreso Nacional de Educación bajo el lema: La Educación en los Nuevos Escenarios Mundiales, a realizarse los días 19 y 20 de septiembre de 2011 en la provincia de San Juan. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 1º-09-11

4.277-D.-11 (T.P. Nº 120).- Prieto: de declaración. Declarar de interés de la H. Cámara las XXV Jornadas Nacionales y III Argentino-Brasileñas de Filosofía Jurídica y Social a desarrollarse del 27 al 29 de octubre de 2011, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 1º-09-11



4.309-D.-11 (T.P. Nº 121).- Carranza: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara El Bicentenario de la creación del Colegio San Carlos Nº 1002 de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 5-09-11

4.394-D.-11 (T.P. Nº 125).- Merlo, Bianchi y Pérez (A. I.): de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara el Congreso Internacional de Educación 2011: Los Desafíos de la Educación en la Sociedad del Conocimiento, a realizarse del 29 de septiembre y 1º de octubre de 2011, en la provincia de San Luis. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 12-09-11

4.404-D.-11 (T.P. Nº 125).- Leverberg: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara el I Encuentro sobre Antroposemiótica de la Muerte y el Morir, que se realizará los días 6 y 7 de Octubre de 2011, en la ciudad de Posadas, provincia de Misiones. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 12-09-11


4.405-D.-11 (T.P. Nº 125).- Leverberg: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara la II Edición del Congreso Pedagógico Provincial a realizarse del 26 al 28 de setiembre de 2011, en la ciudad de Oberá, provincia de Misiones. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 12-09-11

4.461-D.-11 (T.P. Nº 127).- Morante: de resolución. Expresar beneplácito por la realización del Encuentro Zonal de la Juventud organizado por el Ministerio de Educación de la provincia del Chaco, en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, el 25 de agosto de 2011. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 13-09-11

4.462-D.-11 (T.P. Nº 127).- Morante: de resolución. Expresar reconocimiento a la labor educativa que realiza la Escuela Bilingüe Intercultural Cacique Pelayo en la localidad de Fontana, provincia del Chaco, al conmemorarse el 15° aniversario de su fundación. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 13-09-11


4.472-D.-11 (T.P. Nº 127).- Morante: de resolución. Expresar reconocimiento a la labor educativa del Instituto Superior del Profesorado de Música Lilia Yolanda Pereno de Elizondo de la ciudad de Resistencia, provincia del Chaco, al conmemorarse el 50 aniversario de su fundación. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 13-09-11

4.498-D.-11 (T.P. Nº 127).- Comelli: de declaración. Expresar beneplácito por la distinción como Maestra Ilustre a Olga del Valle Cano, diploma que será entregado por la Presidenta Cristina Fernández de Kichner el 11 de septiembre de 2011, en conmemoración del Día del Maestro. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 13-09-11


4.555-D.-11 (T.P. Nº 128).- Leverberg: de resolución. Expresar beneplácito por el 125 aniversario de la fundación de la Escuela N° 11 Padre Lozano, de la localidad de Santa Ana, provincia de Misiones, a celebrarse el día 9 de septiembre de 2011. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 14-09-11

4.579-D.-11 (T.P. Nº 130).- Damilano Grivarello: de declaración. Expresar beneplácito por la inauguración del nuevo edificio de la Escuela Pública de Gestión Social Indígena Nº 1 en el Barrio Toba de la ciudad de Resistencia, provincia del Chaco. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 16-09-11

4.610-D.-11 (T.P. Nº 130).- Leverberg: de resolución. Expresar beneplácito por el 50 aniversario de la Escuela Nº 500 Provincia de Formosa, celebrado el día 12 de setiembre de 2011, en Campo Viera, provincia de Misiones. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 16-09-11

4.622-D.-11 (T.P. Nº 131).- Guzmán: de declaración. Expresar beneplácito por el Programa El Cine Ambiental Va a la Escuela para concientizar a los alumnos sobre el cuidado del medio ambiente. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 19-09-11

4.634-D.-11 (T.P. Nº 131).- Pansa: de resolución. Declarar de interés de H. Cámara el Congreso Internacional de Educación 2011, a realizarse el 29 de septiembre al 1º de octubre de 2011 en la provincia de San Luis. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 19-09-11

4.691-D.-11 (T.P. Nº 136).- Molas: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara el Congreso Nacional de Educación Creando Puentes, con eje temático Educación y Sociedad. Responsabilidades Compartidas, a realizarse del 27 al 29 de octubre de 2011 en la provincia de Catamarca. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 23-09-11

4.768-D.-11 (T.P. Nº 140).- Recalde: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara el VII Certamen de Formación en Valores en el Mercosur y la Unasur: Manos jóvenes escriben en grande, cuyo eje temático en el año 2011 es Identidad Suramericana, a realizarse del 18 de abril al 18 de noviembre de 2011 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 28-09-11

4.843-D.-11 (T.P. Nº 143).- Chemes: de resolución. Expresar beneplácito por el 75° aniversario de la Escuela Primaria N° 40, El Ejército Grande, de la localidad de Algarrobito, departamento de Nogoyá, provincia de Entre Ríos. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 5-10-11

4.844-D.-11 (T.P. Nº 143).- Chemes: de resolución. Expresar beneplácito por el 50° aniversario de la Escuela Secundaria N° 5, Dr. Saba Hernández, de la localidad de Hernández, departamento de Nogoyá, provincia de Entre Ríos. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 5-10-11
5.047-D.-11 (T.P. Nº 149).- Leverberg: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara el Congreso Nacional de Educación Social en la Transformación Educativa, que se realiza desde el 6 al 8 de octubre de 2011, en la localidad de Belén, provincia de Catamarca. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 13-10-11

5.071-D.-11 (T.P. Nº 150).- Leverberg: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara los festejos por el 40º aniversario del Colegio Luterano Instituto Concordia, a celebrarse el día 11 de octubre de 2011 en la ciudad de Oberá, provincia de Misiones. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 17-10-11

5.068-D.-11 (T.P. Nº 150).- Fortuna: de declaración. Declarar de interés de la H. Cámara la 11º Edición de Expocarreras, a realizarse el día 4 de noviembre de 2011 en Oncativo, provincia de Córdoba. (Educación.)
Fecha de Ingreso: 17-10-11

5.184-D.-11 (T.P. Nº 157).- Damilano Grivarello: de resolución. Declarar de interés de la H. Cámara los actos conmemorativos por los 90 años de la Escuela E.G..B. Nº 77 “José Alfredo Ferreira”, a realizarse el día 20 de octubre de 2011 en Las Breñas, provincia del Chaco. (Educación)
Fecha de Ingreso: 24-10-11

miércoles, 26 de octubre de 2011

Proyecto Régimen de Proteccion Intengral a la Mujer Embarazada



Este proyecto de Ley, que podemos compartir, no debiera interferir en aquel otro de Despenalización del Aborto.

Ver proyectos: http://www.diputados.gov.ar/

viernes, 23 de septiembre de 2011

Debate en el Congreso sobre Ley Despenalización del aborto informe AICA

Ver en http://www.aica.org/index.php?module=displaystory&story_id=28536&format=html&fech=2011-09-23

viernes, 2 de septiembre de 2011

Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación Superior (modificaciones articulos 2,8, 10)


Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación Superior




CAPÍTULO I
De su institución
ARTÍCULO 1º. Créase el Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación Superior como extensión orgánica del Sistema Educativo Nacional, marco de la Ley Nº 26.206/06: “Ley de Educación Nacional”, de la Ley Nº 24.521/97: ¬“Ley Nacional de Educación Superior”, de la Ley Nº 26.058/05: “Ley de Educación Técnico Profesional” y de la Ley Nº 26.075/05: “Ley de Financiamiento Educativo”.
De su objeto central
ARTÍCULO 2º. El Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación Superior tiene por finalidad colaborar con el fortalecimiento de las acciones en desarrollo por parte de cada Institución, tendientes a promover la igualdad educativa, a través de distintas actividades de apoyo y de orientación, que faciliten a los/as estudiantes la culminación de sus estudios superiores.

De su definición
ARTÍCULO 3º. A los efectos de la presente ley, se considera Tutoría en el nivel de Educación Superior al conjunto de procedimientos, actividades y ejercicios optativos, de carácter pedagógico, técnico, orientativo y formativo, tendientes a colaborar con la adaptación, inclusión, integración, formación y especialización en el desarrollo profesional, de los estudiantes que se encuentren realizando estudios en las instituciones de nivel superior.



De su consideración
ARTÍCULO 4º. El Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación Superior se constituye como una estrategia de desarrollo gradual, la cual se inicia con el ingreso e inclusión de la persona dentro de la Institución de Educación Superior, y culmina cuando el estudiante egresa.

De sus destinatarios
ARTÍCULO 5º. El Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación Superior está destinado a estudiantes regulares que cursen carreras en: universidades, institutos universitarios e instituciones de nivel superior de gestión estatal, definidas en el Art. 5º de la Ley Nº 24.521/97.

De sus objetivos de gestión
ARTÍCULO 6º. Son objetivos de gestión del Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación Superior:
a) Estimular la inclusión, adaptación e integración del estudiante ingresante, facilitando su interacción, participación y desenvolvimiento en la vida universitaria o de estudios superiores.
b) Colaborar con el desarrollo de habilidades intelectuales, técnicas y prácticas en los estudiantes, mediante la implementación de herramientas pedagógicas en espacios de intercambio personalizado.
c) Promover y orientar al estudiante a desarrollar estrategias y técnicas de estudio, en la selección de actividades extracurriculares, en el diseño de la trayectoria curricular más adecuada acorde a los recursos, necesidades, capacidades y expectativas que puedan mejorar su formación, articulando con instancias existentes de apoyo.
d) Promover la integración de los estudiantes con las comunidades, sectores profesionales y con el sistema productivo.

CAPÍTULO II
De la administración y financiamiento del Programa de Tutoría en el nivel de Educación Superior
ARTÍCULO 7º. El Programa tiene financiamiento propio a través de las partidas presupuestarias destinadas al mismo por parte del Ministerio de Educación de la Nación.
ARTÍCULO 8º. El Ministerio de Educación de la Nación es la autoridad de aplicación, por lo cual ejecuta, controla, evalúa y establece los procedimientos para que las distintas instituciones de educación superior estatal dependientes de él participen del programa, respetando la autonomía, autarquía e ideario de cada institución. Así mismo se constituye en organismo de asistencia técnica para las jurisdicciones que así lo requirieran.

CAPÍTULO III
De la definición de las dimensiones del Programa de Tutoría en el nivel de Educación Superior
ARTÍCULO 9º. Definición de las dimensiones en conjunto
El conjunto de las dimensiones del Programa de Tutorías en el nivel de Educación Superior representan espacios de interacción donde se articulan estrategias, propuestas y herramientas de trabajo con el objeto de establecer diferentes niveles de avance respecto de la inclusión y desarrollo de los / las estudiantes, atendiendo sus necesidades y problemáticas relacionadas con los estudios superiores, incluyendo dispositivos de orientación, información y formación.
ARTÍCULO 10º. Definición de los principios prioritarios de las dimensiones.
Las instituciones de educación superior de gestión estatal que presenten proyectos en el marco del programa creado por esta Ley, podrán considerar entre otras, las dimensiones cuyos principios prioritarios se detallan en los artículos siguientes, evidenciando la pertinencia con el proyecto e ideario institucional, los cuales permitan garantizar los principios de equidad, autonomía y autarquía de tale instituciones.
ARTÍCULO 11º. Ingreso e Inclusión
a) Identificar las específicas situaciones problemáticas que surjan en la etapa de ingreso al sistema de educación superior de cada educando tutoriado.
b) Favorecer la pronta integración del estudiante de nuevo ingreso, evitando el sentimiento de aislamiento.
c) Prevenir las situaciones de abandono mediante el desarrollo de metodologías de contención.
d) Transformar al espacio de tutoría en una instancia generadora de respuestas y estrategias que acentúen la reflexión autónoma del alumno.
e) Generar información y conocimiento relevante en el ámbito institucional, que puede abordarse en aras de la identificación de situaciones conflictivas, problemas y posibles ámbitos de actuación.

ARTÍCULO 12º. Desarrollo educativo y fortalecimiento de metodologías de aprendizaje
a) Apoyar el aprendizaje disciplinar, privilegiando la comprensión y abordaje de los casos problemáticos.
b) Evitar la tendencia a centrarse exclusivamente en la adquisición del conocimiento explícito, para valorar de igual forma la relevancia del conocimiento táctico.
c) Desarrollar en el educando tutoriado la capacidad para interactuar y disputar con situaciones de complejidad.
d) Colaborar en la selección y organización de contenidos teóricos de significativa relevancia en la etapa de aprendizaje en que se encuentra el estudiante tutoriado, como así también en la definición de planes para la labor de estudio cotidiana, hecho que implica un proceso de valoración de situaciones y de elección de alternativas de acción.
e) Promover la construcción de conocimientos de identificación y cognición interna, los cuales promuevan la capacidad de autorregular el propio aprendizaje, planificando qué estrategias utilizar en cada situación.

ARTÍCULO 13º. Orientación en las distintas dimensiones institucionales administrativas
a) Proporcionar al estudiante de reciente ingreso la ayuda necesaria para abordar con éxito la inscripción a las diferentes asignaturas de curso.
b) Facilitar orientación sobre normativas académicas como trámites de matrícula, inscripción a materias, la solicitud de equivalencias, materias correlativas, becas y ayudas para el estudio y la elección del ciclo superior de formación ente otros.
c) Ofrecer información sobre el sistema de organización de la institución y sus currículos, tendientes a resolver dificultades originadas en la desinformación o en la incomprensión del curriculum y la vida universitaria.

ARTÍCULO 14º. Fortalecimiento en los saberes disciplinares
a) Orientar, plantear situaciones problemáticas y analizar el trabajo de los estudiantes, más allá de transmitir información.
b) Promover la reflexión, el intercambio y la revisión de propuestas de enseñanza planteadas como hipótesis de trabajo a comprobar en la práctica, lo que supone modificaciones, ajustes y reorientaciones.
c) Analizar el progreso e innovación en ciclos curriculares en base a la correlatividad de los saberes disciplinares.
d) Identificar y abordar las razones y motivos de los logros y desaciertos.
e) Colaborar en la creación de condiciones necesarias para prácticas extra-curriculares sobre los saberes disciplinares, posibilitando la definición de condiciones para su desarrollo efectivo.
f) Impulsar la adquisición y fortalecimiento de los diferentes saberes disciplinares, los cuales favorezcan que el estudiante tutoriado domine su propio proceso para obtener el conocimiento específico necesario para el ejercicio de su profesión.
g) Orientar al educando tutoriado hacia la elección de la especialidad, área de acción o de ejercicio profesional, dentro de la ciencia, arte, técnica o disciplina que estudia.

ARTÍCULO 15º. Preparación, apoyo en la presentación y defensa del Trabajo final integrado, de la tesis y / o de su equivalente
a) Colaborar con el educando tutoriado en la delimitación y objeto de estudio como así también en la determinación del marco bibliográfico y los métodos de investigación científica a implementar para la confinación de la hipótesis.
b) Orientar al educando tutoriado con relación a los procesos de innovación en el quehacer profesional, preparándolo para la utilización del conocimiento avanzado en la delimitación y abordaje de su defensa final y / o de los retos profesionales futuros.
c) Enseñar a identificar el conocimiento necesario para apreciar el dinamismo que puede experimentar su objeto de estudio, percibiendo la complejidad y las diversas demandas técnicas y sociales que la investigación requiere.
d) Promover el aprendizaje de metodologías de sistematización que permitan delimitar el problema planteado en la hipótesis, prever nuevas alternativas de abordaje, visualizar las soluciones más favorables para analizarlas críticamente y decidir entre ellas.
e) Impulsar al educando tutoriado al desarrollo de capacidades que faciliten la reflexión en la acción, siendo capaz de adaptarse a múltiples contextos y situaciones, desarrollando patrones para identificar y resolver problemas de la manera más eficiente posible.

ARTÍCULO 16º. Aportes para la orientación profesional
a) Impulsar procedimientos y acciones que guíen al educando tutoriado en el proceso de identificación del / de los campo/s de desarrollo laboral más relacionados con sus competencias y perfil profesional.
b) Potencializar la posibilidad de que la/s experiencia/s de práctica/s profesional/es den marco de origen a nuevas hipótesis e investigaciones que permitan arribar a nuevos paradigmas o conclusiones, a fin de dar cierre al ciclo formativo y abrir el investigativo.
c) Promover la formación completa y continua de los educandos tutoriados de nivel superior, instándolos a incorporarse en los espacios de creación del conocimiento, el cual se adquiere mediante el trabajo conjunto con los equipos de expertos, confrontados con retos complejos, planteados por su práctica profesional innovadora.

ARTÍCULO 17º. Conformación de base de datos
El Ministerio de Educación de la Nación, como autoridad de aplicación del Programa, determinará el área de la Cartera Ministerial que recopilará la información recabada en cada una de las instancias de dimensiones por parte de las Instituciones de Educación Superior.

ARTÍCULO 18º. Adhesión
Invítese a todas las jurisdicciones educativas que integran el Sistema de Educación Superior a adherir a este programa para las instituciones de educación superior que estén bajo su órbita.

ARTÍCULO 19º. De Forma.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:
Las prácticas de Tutoría en el Sistema de Educación Superior se presentan como un emergente de imperiosa necesidad el cual precisa ser atendido, normado e implementado, sobre la guía de una modalidad consensuada. Al hablar de emergente hago referencia no solo a la necesidad de cambio que pueda tener un sistema, sino también a la necesidad de prepararnos para ese cambio.
Consideramos que la Tutoría en el Sistema de Educación Superior se funda en un conjunto de actividades optativas de carácter pedagógico, orientativo y formativo, tendientes a colaborar con la adaptación, integración, desarrollo y especialización profesional de los estudiantes que se encuentren realizando carreras de grado en universidades e institutos de Educación Superior, de gestión estatal o privados, dependientes de jurisdicción nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; estudiantes quienes requieran orientación, colaboración, acompañamiento, seguimiento y sostén en su carrera. Este requerimiento se presenta como una petición imperiosa por parte de los estudiantes a fin de no formar parte de la creciente estadística de abandono antes de terminar el primer año de estudio, o de la pérdida de rumbo al promediar la carrera.

En nuestro tiempo, el ejercicio de la tutoría enfrenta el inmenso desafío de su reestructuración, con el propósito de trascender el ámbito áulico, rompiendo con el carácter relativamente cerrado y acotado de las actividades de orientación teóricas e investigativas, para aproximarse a una gestión que relacione a los alumnos con los múltiples entornos de interacción práctica, y al conocimiento situado y articulado con los procesos de innovación.
La conquista de este desafío, facilitaría la creación de nuevos entornos de aprendizaje donde la institución educativa, en palabras de Helfgot y Culp sea “… capaz de controlar, modificar, mejorar o abandonar sobre la marcha, los programas que está llevando a cabo; crear nuevos servicios para satisfacer las necesidades de los estudiantes; cuestionar premisas y valores; investigar las conexiones existentes entre la visión que se tiene del trabajo que se está haciendo y los valores y la actividad de aprendizaje del día a día”.

En tales entornos, definen King y Baxter , las dimensiones cognitivas y afectivas son vistas por el docente tutor como partes de un proceso de “construcción del conocimiento, adquisición de significado y conciencia del yo, partes de trascendente importancia en el desarrollo del ser humano”. Los docentes tutores, frente a la aprobación e implementación de iniciativas como la presente, tendrían la posibilidad de poder colaborar con los estudiantes en el principio de reconocer que su aprendizaje “en la clase” está directa e irreversiblemente relacionado con sus vidas “fuera de las clases”.

Dedicar un tiempo a dialogar con los estudiantes sobre lo que aprenden y cómo lo hacen, así como ayudarles a hacer conexiones, integrar y aplicar lo que están aprendiendo a su vida o mundo real , son formas de implicarse en su aprendizaje.

El documento The Student Learning Imperative , recoge varios apartados sobre la educación superior en los que sostienen que a través del aprendizaje los estudiantes universitarios adoptarán un sistema de valores basados en el proceso de su experiencia educativa dentro y fuera de las instituciones de educación superior. De forma destacada, un estudiante universitario tendrá “un sentido coherente de identidad, autoestima, confianza, integridad, sensibilidad estética y responsabilidad cívica”.

La adopción de un sistema de valores no tiene nada que ver con la incorporación de un sistema rígido de creencias, sino más bien con la promoción de un movimiento continuo hacia el fomento de la responsabilidad personal y de la habilidad para regirse por principios éticos. En otras palabras, un movimiento hacia la integridad individual e integración social.

En los temas que hay múltiples perspectivas y respuestas diversas, los tutores pueden ayudar a los estudiantes a comprender que los juicios de valor tienen que hacerse no sólo para discernir qué es lo correcto sino también para comprender que más de una perspectiva puede ser correcta.

La experiencia en educación superior abarca tanto la vida dentro como fuera de la sede educativa. El campo de educación superior es una comunidad donde los estudiantes van a clase, hablan con sus profesores y con sus compañeros, practican deportes, participan en actividades culturales. Mediante el contacto con otros estudiantes aprenden y desarrollan su personalidad, aprenden a vivir dentro de un contexto social que va más allá de su círculo de amistades o familiar promoviendo, de esta manera, el desarrollo comunitario.

En palabras de la Gabriela de la Cruz Flores, Doctora en Psicología y en Psicología Educativa y del Desarrollo de la Universidad Nacional Autónoma de México y de Luis Felipe Abreu Hernández, Médico Cirujano, Maestro en Enseñanza Superior; los principales retos de la tutoría en las instituciones de educación superior, en el marco de la sociedad del conocimiento, pueden agruparse en cinco grandes rubros:
1. Evitar la tendencia a centrarse exclusivamente en la adquisición del conocimiento explícito (por ejemplo asesoramiento en problemas escolares y dificultades académicas), para valorar de igual forma la relevancia del conocimiento tácito, desarrollando en los estudiantes la capacidad de lidiar contra la complejidad del mercado.
2. Transitar desde una tutoría centrada en los ambientes educativos cerrados, hacia los sistemas abiertos situados en el mundo real.
3. Integrar a los alumnos con las comunidades de profesionales de alto nivel orientadas a la innovación.
4. Ejercer una tutoría de manera tal que permita guiar las actividades de los estudiantes, propiciando el traspaso progresivo del control, la autorregulación y la transferencia creciente de responsabilidad hacia los alumnos.
5. Superar la visión de la tutoría como una relación bipersonal, para abrir espacios de multitutorías realizadas por comunidades de práctica que permitan construir redes profesionales.

Sobre esta base de principios, quisiera proseguir haciendo referencia a específicos puntos comprendidos en las leyes 26.206, 24.521 y 26.058, que bien podrían dar argumento a los propuesto en la presente iniciativa parlamentaria. Las mismas son:

La Ley N° 26.206 “ Ley de Educación Nacional”, en su Título I “Disposiciones generales”, Cap. I: “Principios, Derechos y Garantías”, art. Nº 8, determina: “La educación brindará las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover en cada educando/a la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien común”.
Es su Cap. II. “Fines y Objetivos de la Política Educativa Nacional”, art. Nº11, define: “Los fines y objetivos de la política educativa nacional son:
a) Asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales.
b) Garantizar una educación integral que desarrolle todas las dimensiones de la persona y habilite tanto para el desempeño social y laboral, como para el acceso a estudios superiores.
c) Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural.
e) Garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales y de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos de la sociedad.
f) Asegurar condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre las personas sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo.
g) Garantizar, en el ámbito educativo, el respeto a los derechos de los/as niños/as y adolescentes establecidos en la Ley N° 26.061.
h) Garantizar a todos/as el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo, asegurando la gratuidad de los servicios de gestión estatal, en todos los niveles y modalidades.
j) Concebir la cultura del trabajo y del esfuerzo individual y cooperativo como principio fundamental de los procesos de enseñanza-aprendizaje.
k) Desarrollar las capacidades y ofrecer oportunidades de estudio y aprendizaje necesarias para la educación a lo largo de toda la vida.
l) Fortalecer la centralidad de la lectura y la escritura, como condiciones básicas para la educación a lo largo de toda la vida, la construcción de una ciudadanía responsable y la libre circulación del conocimiento.
m) Desarrollar las competencias necesarias para el manejo de los nuevos lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la comunicación.
s) Promover el aprendizaje de saberes científicos fundamentales para comprender y participar reflexivamente en la sociedad contemporánea.
t) Brindar una formación que estimule la creatividad, el gusto y la comprensión de las distintas manifestaciones del arte y la cultura.
En su Cap. II “La formación docente”, art. Nº 71, establece: “La formación docente tiene la finalidad de preparar profesionales capaces de enseñar, generar y transmitir los conocimientos y valores necesarios para la formación integral de las personas, el desarrollo nacional y la construcción de una sociedad más justa. Promoverá la construcción de una identidad docente basada en la autonomía profesional, el vínculo con la cultura y la sociedad contemporánea, el trabajo en equipo, el compromiso con la igualdad y la confianza en las posibilidades de aprendizaje de los/as alumnos/as.”
En el mismo Cap., en el art. Nº 73, norma “La política nacional de formación docente” determina los siguientes objetivos:
a) Jerarquizar y revalorizar la formación docente, como factor clave del mejoramiento de la calidad de la educación.
c) Incentivar la investigación y la innovación educativa vinculadas con las tareas de enseñanza, la experimentación y sistematización de propuestas que aporten a la reflexión sobre la práctica y a la renovación de las experiencias escolares. …”
En su Título V: “Políticas de Promoción de la igualdad educativa”, en el art. Nº 80 se fija: “Las políticas de promoción de la igualdad educativa deberán asegurar las condiciones necesarias para la inclusión, el reconocimiento, la integración y el logro educativo de todos/as los/as niños/as, jóvenes y adultos en todos los niveles y modalidades, principalmente los obligatorios. El Estado asignará los recursos presupuestarios con el objeto de garantizar la igualdad de oportunidades y resultados educativos para los sectores más desfavorecidos de la sociedad. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, proveerá textos escolares y otros recursos pedagógicos, culturales, materiales, tecnológicos y económicos a los/as alumnos/as, familias y escuelas que se encuentren en situación socioeconómica desfavorable”.
En el Cap. VI “Derechos y deberes de los /as alumnos/as”, en el art. Nº 125 norma que “todos/as los/as alumnos/as tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad, del nivel educativo o modalidad que estén cursando o de las que se establezcan por leyes especiales.”
En el art. Nº 126 norma lo siguiente: “Los/as alumnos/as tienen derecho a:
“a) Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad, que contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad sociales y que garantice igualdad de oportunidades”…
“f) Recibir el apoyo económico, social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades que le permitan completar la educación obligatoria.
g) Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional que posibilite su inserción en el mundo laboral y la prosecución de otros estudios.”

En el marco de la Ley Nº 24.521 “Ley Nacional de Educación Superior”, se presenta el siguiente articulado que permite dar sustento a la presente iniciativa parlamentaria:
Título II “De la Educación Superior”, Cap. 1 “De los fines y objetivos”, art. Nº 3, dispone lo siguiente: “La educación superior tiene por finalidad proporcionar formación científica, profesional, humanística y técnica en el más alto nivel, contribuir a la preservación de la cultura nacional, promover la generación y desarrollo del conocimiento en todas sus formas, y desarrollar las actitudes y valores que requiere la formación de personas responsables, con conciencia ética y solidaria, reflexivas, críticas, capaces de mejorar la calidad de vida, consolidar el respeto al medio ambiente, a las instituciones de la República y a la vigencia del orden democrático”.
En el art. 4º establece: “Son objetivos de la Educación Superior, además de los que establece la ley 24.195 en sus artículos 5, 6, 19 y 22 …”
“e) Profundizar los procesos de democratización en la Educación Superior, contribuir a la distribución equitativa del conocimiento y asegurar la igualdad de oportunidades …”
“i) Incrementar y diversificar las oportunidades de actualización, perfeccionamiento y reconversión para los integrantes del sistema y para sus egresados…”
En el Cap. 3 “Derechos y obligaciones”, el art Nº 12, estipula: “Son deberes de los docentes de las instituciones estatales de educación superior:…”
“b) Participar en la vida de la institución, cumpliendo con responsabilidad su función docente, de investigación y de servicio…”
En el art. Nº 13, del mismo capítulo, establece: “Los estudiantes de las instituciones estatales de educación superior tienen derecho:…”
“c) A obtener becas, créditos y otras formas de apoyo económico y social que garanticen la igualdad de oportunidades y posibilidades, particularmente para el acceso y permanencia en los estudios de grado, conforme a las normas que reglamenten la materia.”
En el Título IV “De la Educación Superior Universitaria”, cap. 1 “De las instituciones universitarias y sus funciones”, art. Nº 28 “Son funciones básicas de las instituciones universitarias:…”
“e) Extender su acción y sus servicios a la comunidad, con el fin de contribuir a su desarrollo y transformación, estudiando en particular los problemas nacionales y regionales y prestando asistencia científica y técnica al Estado y a la comunidad…”

Prosiguiendo con la argumentación normativa de la iniciativa parlamentaria, en Ley Nro. 26.058 “Ley de Educación Técnico Profesional”, se presentan las siguientes normas que otorgan base y sustento al proyecto de ley que se presenta.
En el Título I “Objeto, alcances y ámbito de aplicación”, art. Nº 4, se establece: “La Educación Técnico Profesional promueve en las personas el aprendizaje de capacidades, conocimientos, habilidades, destrezas, valores y actitudes relacionadas con desempeños profesionales y criterios de profesionalidad propios del contexto socio-productivo, que permitan conocer la realidad a partir de la reflexión sistemática sobre la práctica y la aplicación sistematizada de la teoría.”
En el Título II “Fines, objetivos y propósitos”, el art. Nº 6, expresa: “La Ley de Educación Técnico Profesional tiene como propios los siguientes fines y objetivos:…”
“e) Favorecer el reconocimiento y certificación de saberes y capacidades así como la reinserción voluntaria en la educación formal y la prosecución de estudios regulares en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo.
f) Favorecer niveles crecientes de equidad, calidad, eficiencia y efectividad de la Educación Técnico Profesional, como elemento clave de las estrategias de inclusión social, de desarrollo y crecimiento socio-económico del país y sus regiones, de innovación tecnológica y de promoción del trabajo docente. “
A su vez, en el Art. Nº 7º manifiesta: “La Educación Técnico Profesional en el nivel medio y superior no universitario tiene como propósitos específicos:..”
“b) Contribuir al desarrollo integral de los alumnos y las alumnas, y a proporcionarles condiciones para el crecimiento personal, laboral y comunitario, en el marco de una educación técnico profesional continua y permanente.
c) Desarrollar procesos sistemáticos de formación que articulen el estudio y el trabajo, la investigación y la producción, la complementación teórico- práctico en la formación, la formación ciudadana, la humanística general y la relacionada con campos profesionales específicos.
d) Desarrollar trayectorias de profesionalización que garanticen a los alumnos y alumnas el acceso a una base de capacidades profesionales y saberes que les permita su inserción en el mundo del trabajo, así como continuar aprendiendo durante toda su vida…”
En el 8º del mismo Título: “La formación profesional tiene como propósitos específicos preparar, actualizar y desarrollar las capacidades de las personas para el trabajo, cualquiera sea su situación educativa inicial, a través de procesos que aseguren la adquisición de conocimientos científico-tecnológicos y el dominio de las competencias básicas, profesionales y sociales requerido por una o varias ocupaciones definidas en un campo ocupacional amplio, con inserción en el ámbito económico-productivo. “
En el Cap. III “De la formación profesional”, en el art. Nº 17 estipula: “La formación profesional es el conjunto de acciones cuyo propósito es la formación socio-laboral para y en el trabajo, dirigida tanto a la adquisición y mejora de las cualificaciones como a la recualificación de los trabajadores, y que permite compatibilizar la promoción social, profesional y personal con la productividad de la economía nacional, regional y local. También incluye la especialización y profundización de conocimientos y capacidades en los niveles superiores de la educación formal.”
Concluyendo la argumentación normativa, la misma Ley, en el Título IV “Mejora continua de la calidad de la educación técnico profesional”, cap. VII “De la igualdad de oportunidades”, en el art. Nº 40 prevee: “El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología implementará acciones específicas para garantizar el acceso, permanencia y completamiento de los trayectos formativos en la educación técnico profesional, para los jóvenes en situación de riesgo social o con dificultades de aprendizaje. Dichas acciones incluirán como mínimo los siguientes componentes: …”
ii) Sistemas de tutorías y apoyos docentes extra clase para nivelar saberes, preparar exámenes y atender las necesidades pedagógicas particulares de estos jóvenes. Asimismo, se ejecutarán una línea de acción para promover la incorporación de mujeres como alumnas en la educación técnico profesional en sus distintas modalidades, impulsando campañas de comunicación, financiando adecuaciones edilicias y regulando las adaptaciones curriculares correspondientes, y toda otra acción que se considere necesaria para la expansión de las oportunidades educativas de las mujeres en relación con la educación técnico profesional. “

Como fundamento de conclusión Sr. Presidente, el presente proyecto de ley sobre Programa de Tutoría en Educación Superior, se presente como un proceso integral que permitiría:
- Contribuir a determinar las aptitudes del futuro estudiante universitario frente a las diversas ramas de la ciencia y de las actividades profesionales.
- Promover la inscripción en las carreras de mayor interés para el futuro estudiante como para el desarrollo local, regional y nacional.
- Contribuir a determinar las aptitudes del futuro estudiante de Educación Superior, respecto a las diversas áreas del conocimiento.
- Colaborar en garantizar la igualdad de oportunidades en el ingreso y permanencia en el sistema de educación superior
- Investigar las causales de deserción universitaria para contribuir a la implementación de políticas de retención.
- Realizar estudios sobre las condiciones socio-culturales de los estudiantes con el propósito de identificar carencias, expectativas y dificultades derivadas de los condicionantes externos a la institución que podrían afectar el rendimiento académico de los estudiantes universitarios.
- Asesorar a estudiantes con dificultades con el fin de favorecer la continuidad de sus estudios.
- Diseñar políticas y mecanismos de integración y comunicación tendientes a promover el conocimiento y la participación estudiantil en torno a la vida institucional y al funcionamiento del sistema de educación superior
- Detectar necesidades de investigación, formación, capacitación, reconversión, actualización, perfeccionamiento y especialización;
- Orientar vocacional, profesional y ocupacionalmente al estudiante.
- Profundizar el trabajo iniciado en el proceso de integración curricular y seguimiento de los alumnos durante los últimos años de carrera, con objeto de potencializar la posibilidad para que puedan completar sus estudios en el tiempo estipulado en los planes de estudio
- Guiar al alumno durante la etapa de preparación, presentación y defensa de su trabajo final integrador, de su tesis y / o de su equivalente
- Darle orientación y respaldo para su inclusión en el ámbito laboral.

En síntesis, Sr. Presidente, quisiera retomar el principio de cambio y de adaptación al mismo referido en el párrafo inicial del presente fundamento, sobre la base de lo dispuesto en la estrategia para el ciclo 2008 – 2013 enunciada por la UNESCO. El documento expresa: “El desarrollo y la prosperidad económica dependen de la capacidad de los países para educar a todos los miembros de sus sociedades y ofrecerles un aprendizaje a lo largo de toda la vida. Una sociedad innovadora prepara a su población no sólo para aceptar el cambio y adaptarse al mismo, sino también para controlarlo e influir en él. La educación enriquece las culturas, crea entendimiento mutuo y sustenta a las sociedades pacíficas.” Sin duda, la presente propuesta podría ser una herramienta de significativa utilidad a fin de prepararnos, aceptar y adaptarnos a los cambios en el marco de la Educación Superior que se avecinan.

Es por la necesidad de dar respuesta y marco normativo a todo lo expuesto Sr. Presidente, que solicito la aprobación y el acompañamiento de mis coleas en la sanción

martes, 16 de agosto de 2011

Datos pagina Oficial Proyecto Alfabetizacion Municipalidad Observaciones críticas


Ver en
http://www.cordoba.gov.ar/cordobaciudad/principal2/default.asp?ir=23_5

Yo, Sí Puedo

Las estadísticas indican que en todo el mundo se registran más 885 millones de analfabetos absolutos, el 98% de los cuáles se concentran en los países del tercer mundo. En América Latina 42 millones de personas son analfabetos, y 110 millones los que no han podido concluir sus estudios primarios.

En la Argentina existen según datos oficiales del INDEC 767.027 analfabetos puros y 3.695.830 personas con el nivel primario incompleto. La provincia de Córdoba tiene 53.124 analfabetos puros y 336.805 personas con el nivel primario incompleto.

En la ciudad de Córdoba se registran 14.000 analfabetos puros y 120.000 funcionales, lo que indica que el 13% de la población mayor de 15 años están en riesgo educativo, realidad a la que debemos enfrentarnos.

En función de esta situación, la Secretaria de Educación y Cultura de la Municipalidad de Córdoba decidió implementar la propuesta de Cubana de alfabetización "Yo, Sí Puedo", con la que se abrieron 45 centros de alfabetización distribuidos en distintos puntos de la Ciudad de Córdoba, alfabetizando más de 450 vecinos.

Obervaciones

No podemos saber si los datos son actualizados
No figuran los lugares de los Centros de Alfabetización
No sabemos si en la actualidad este trabajo se está realizando

Nota: en el item Fundamentos no se habla de la educación como un derecho, si no como una "fuerte responsabilidad del Estado",lo cual nos parece una imprecisión importante (ver: http://www.cordoba.gov.ar/cordobaciudad/principal2/default.asp?ir=23_9)

lunes, 15 de agosto de 2011

Propuestas medidas de gobierno (en elaboración)

El agua es de los cordobeses no de “aguas cordobesas”

- Recuperación para el Estado y declaración del agua como bien natural al que todos tenemos derecho con rango constitucional

No hay vivienda digna sin el derecho a la tierra

- Tierra y vivienda financiadas por el Estado con participación activa de los destinatarios promoviendo la cogestión cooperativa con créditos blandos, declaración de la tierra como bien social con rango constitucional

La seguridad se garantiza con educación

- Aumento del presupuesto para educación, privilegiando el rol docente como garantía del proceso educativo

- Centros Culturales Barriales Juveniles con deporte, arte y recreación durante todo el año

La salud es un derecho no un negocio

- Un médico en cada barrio para la atención primaria de salud focalizando en la prevención y la primera infancia

- Protocolo de atención pre y pos interrupción voluntaria del embarazo en todos los centros asistenciales públicos, para disminuir el riesgo de muertes en las mujeres pobres por abortos clandestinos

Educación, introducir contenido diversidad, orientación sexual, género... (en estudio y elaboracion)


Proyecto de Ley para introducir en planes de estudio, primarios, secundarios y terciarios, la temática de la diversidad, en torno al aniversario de la aprobación de la Ley del Matrimonio Igualitario.

Aporte al debate sobre modificaciones a la ley de matrimonio civil

“Dios es amor, el que permanece en el amor, permanece en Dios y Dios en él” San Juan
“Dios es espíritu, donde está el Espíritu esta la libertad” San Pablo a los Corintios
“Ya no hay diferencia entre judío y griego, esclavo y hombre libre, entre varón y mujer, porque todos ustedes son uno solo en Cristo Jesús” San Pablo a los Gálatas

Ante la posibilidad de una ley que permita a personas del mismo sexo ser “matrimonio” y vivir profundamente el amor y la sexualidad, entendemos que aprobarla, acompañarla y profundizarla nos pone en el camino del Evangelio de Jesús. Un Jesús que nos ha revelado el rostro amoroso de su Dios. No necesariamente ni siempre, la iglesia oficial (“el magisterio”) y sus posiciones, coinciden con el Evangelio. Este tema es uno de esos casos.
Veamos:
- Jesús nunca fijó una doctrina cerrada sobre el matrimonio, simplemente siguió las costumbres de su época y avanzó en reconocer y defender, de una manera especial a las mujeres, en un contexto social machista y patriarcal….
- Jesús jamás mencionó y mucho menos condenó, la homosexualidad, si se enfrentó a los soberbios, a los que se creían puros, a los que tenían el poder opresor, a los que esclavizaban, a los que humillaban…
- Jesús siempre puso la Ley al servicio de una mayor humanización, donde el centro sea la persona y, sobre todo, los proscriptos, los olvidados, los últimos…
- el término “homosexual” no aparece en la literatura sino hasta fines del siglo XIX ( fue empleado por primera vez en 1869 por Karl-Maria Kertben y el libro Psychopathia Sexualis de Richard Freiherr von Krafft-Ebing popularizó el concepto en 1886) en los tiempos bíblicos no existía una comprensión elaborada de lo que actualmente entendemos por orientación sexual…
- Toda la revelación bíblica apunta a centrarnos en el amor, sin exclusiones de ningún tipo, y con predilección por los marginados, los proscriptos, los ninguneados, los postergados, los acusados…
- Si algunos textos del Antiguo Testamento, parecen condenar la homosexualidad, en realidad lo que están rechazando, es, o la idolatría que tal práctica revelaba o, en todo caso, como en el caso de Sodoma, la falta de hospitalidad, en Ezequiel 16:49-50 por ejemplo, “Sodoma” es soberbia, gula y no socorrer al pobre y al indigente, es decir, no tiene nada que ver con un pecado “sexual”. Por otra parte, esos textos del Antiguo Testamento, jamás se refieren a las lesbianas, solo hablan de los varones.
- Si algunos textos de las cartas apostólicas incluyen en sus listas de “pecado” a la homosexualidad, es solo para adaptarse a los códigos morales greco romanos, y en ese sentido recordar el pecado de idolatría que tales costumbres significaban, o condenar las practicas de abuso, prepotencia, explotación sexual, sean estas hetero u homo sexuales, pero de ninguna manera expresan una condena a la homosexualidad como tal…
- Toda la revelación bíblica y con más razón, el Nuevo Testamento, no es un código de moral, citar textos aislados para condenar la homosexualidad es un fundamentalismo anacrónico incapaz de entender los textos en su lugar histórico particular, es usar algunos textos para justificar los propios prejuicios. Hacer de la Biblia un manual de moral sexual sería caer en el legalismo judío duramente criticado por Jesús, la Biblia es la revelación de un Dios que nos quiere ver libres, gozosos y felices y, que por eso, nos invita a enfrentar a todo el que oprime, discrimina, rechaza, expulsa, odia, segrega, separa.



Entendemos la homosexualidad, como una manera distinta, diferente, diversa, de vivir la sexualidad y el amor, no cono una rareza y menos como una enfermedad. Desde hace 37 años la homosexualidad no se considera un trastorno psiquiátrico y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) a través de la OMS (Organización Mundial de la Salud) la eliminó como trastorno mental el 17 de mayo 1990 por considerar, con criterios científicos, que no correspondía a una patología, sino que es parte de la diversidad del ser humano.
Quien podría negar que las personas del mismo sexo pueden vivir de manera, adulta, libre y responsable su sexualidad? Nadie puede, y menos en nombre de Dios, afirmar que hay una sola manera de vivir la sexualidad y el amor. La naturaleza, rica en multiplicidad, también nos enseña que, la diversidad, no atenta contra ella, si no que la embellece. Citar a la “ley natural” para oponerse a esta legislación es solo una posición fijista, dura, congelada, de la realidad pretendida como “natural”, sin entender los complejos procesos culturales.
Entendemos que un legislador, puede profesar profundamente su fe cristiana y católica, y, a la vez, con total libertad de conciencia, pensar, definir y actuar distinto a lo que propone la jerarquía eclesial. En la Iglesia Católica, no hay un “pensamiento único”, hay lugar para la diversidad y la pluralidad. Por otra parte, un legislador, no legisla para la comunidad católica, legisla para toda la ciudadanía. No debiera ofender ni molestar a nadie, por el contrario, debiera ser motivo de alegría, que las personas del mismo sexo, que tradicionalmente han sido objeto de burlas, discriminaciones, condenas, estigmas, anatemas, prejuicios y obligadas a vivir en la clandestinidad u ocultando sus más profundos sentimientos, hoy puedan sentirse libres y amparados por una ley de la Nación que les reconoce su derecho al amor y a la familia, no como una concesión de mala gana, si no como un derecho inalienable.



Bibliografía
Para un planteamiento inicial del problema de los homosexuales en la Iglesia Católica
Romana, especialmente desde un punto de vista psicológico, tenemos la obra del
presbítero y psiquiatra francés Marc ORAISON, El problema homosexual, (Madrid,
Taurus, 1976)
Quien aporta soluciones mucho más interesante la obra de John J. MCNEILL, La iglesia ante la homosexualidad, (Barcelona, Grijalbo, 1979), este autor además hace un
estudio completísimo sobre exégesis, tradición teología moral, etcétera e
introduce la psicología: su lectura es imprescindible.

Quien quiera informarse de los últimos avances exegéticos en relación con la
homosexualidad no puede prescindir del la lectura de la obra de Daniel A.

HELMINIAK, What the Bible Really Says about Homosexuality, (San Francisco,
Alamo Square Press, 1994 [traducción española: Lo que la Biblia dice realmente
sobre la homosexualidad, Barcelona – Madrid, Egales, 2003]); esta breve obra,
concebida en perspectiva ecuménica, hace un estudio histórico-crítico muy
interesante de todos los textos bíblicos real o supuestamente relacionados con la
homosexualidad y los explica ampliamente; no se necesita ser un experto en
exégesis para entenderlo por su gran claridad y concisión.Algunos de los argumentos que da Helminiak aparecen recogidos de forma resumida en la obra de John BOSWELL, Cristianismo, tolerancia social y homosexualidad, (Barcelona, Muchnik editores, 1992); Boswell es un historiador
especializado en Edad Antigua y Media que hace un estudio amplio sobre el
origen de la homofobia en Europa y su relación con el cristianismo; llega a
conclusiones sorprendentes que desmontan muchos lugares comunes.
Del mismo historiador, John BOSWELL, Las bodas de la semejanza,
(Barcelona, Muchnik editores, 1996), trata sobre las ceremonias para la unión de
personas del mismo sexo existentes en las iglesias primitivas; esta obra, aunque
no investiga directamente el tema de la homosexualidad en la Biblia, es
sumamente ilustrativa de cómo los prejuicios pueden ganar carta de naturaleza y
pasar por ser lo originario, cuando en realidad son tardíos y han sustituido a la
tolerancia cristiana original.
La raíz de la homofobia no es la Biblia; hasta el siglo XII, la homosexualidad
fue admitida plenamente por las iglesias europeas(ver John BOSWELL, Cristianismo, tolerancia social y homosexualidad, (Barcelona, Muchnik editores, 1992).hasta el punto de celebrar
liturgias de unión entre personas del mismo sexo ( Véase John BOSWELL, Las bodas de la semejanza, (Barcelona, Muchnik editores, 1996).

Diversos Proyectos de Ley en estudio y elaboración



PROYECTOS DE LEY (solo los enunciados provisorios)

PROSPERIDAD:

1. EXPROPIACION DE TODOS LOS PEAJES. Se considera al Estado el responsable de las vías de comunicación, como un servicio a la ciudadanía que hace a la seguridad vial y a la educación vial.

2. ANULACIÓN de la LEY DE EDUCACIÓN Y LLAMADO AL DEBATE PUBLICO para promover una nueva ley que impulse la educación, pública, gratuita y laica que contemple un aumento significativo en el presupuesto educativo, dando prioridad al “recuso humano” por sobre los recursos edilicios. Ver en http://www.lavoz.com.ar/noticias/negocios/alguien-le-importa-educacion

3. RECUPERACIÓN POR PARTE DEL ESTADO DEL AGUA CON UNA EMPRESA PUBLICA Y DECLARACION DE LA MISMA COMO BIEN PUBLICO, de manera que podamos recuperar este recurso estratégico y entender el derecho al agua como un derecho humano fundamental.

4. ANULACION DE LA LEY DE BOSQUES que permita retomar el Proyecto de la Comisión de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (COTBN). Ver http://www.cadena3.com/contenido/2010/08/04/59010.asp

5. PROHIBICION DE GLIFOSATO Y OTROS AGROQUIMICOS CONTAMINANTES en todo el territorio provincial. Ver: http://www.facebook.com/home.php#!/notes/carlos-morello/proyecto-de-ley-para-prohibir-fumigaciones-aereas-y-limitar-fumigaciones-terrest/247857921897230


7. CONTROL DE TERRENOS SOJIZDOS Y PROMOCION DE CULTIVOS ORGANICOS, ROTATIVOS Y PROPIOS con una fuerte promoción de “cadenas productivas”

8. LEY DE SANEAMIENTO DEL SUQIA que incluya FUERTES MULTAS A SUS CONTAMINATES (http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/suquia-victima-efluentes-cloacales)

9. LEY DE SANEAMIENTO CANAL DE AGUA AL CIELO ABIERTO DE LA ZONA SUR

10. LEY DE SANEAMIENTO DEL AIRE DE LA CIUDAD DE CORDOBA CON DISMINUCION DEL TRANSITOP VEHICULAR SEMANAL. Ver: http://www.lavoz.com.ar/opinion/el-aire-es-malo-en-casi-toda-la-capital

11. LEY DE FOMENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES para acompañar los esfuerzos para disminuir el calentamiento global. Ver:http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/ambiente/record-emisiones-agravan-calentamiento



PARA LA DECENCIA:

12. REGLAMENTACION DE LLAMADO A CONCURSOS POR LA OBRA PÚBLICA PROVINCIAL y MUNICIPAL que impida a contratación directa. Que los estados estén obligados a llamar a concurso público y a licitación en todas las obras inmobiliarias que sean necesarias llevar adelante y revisar las concesiones realizadas en los últimos periodos de gobierno.

13. CREACION EN LA PROVINCIA DE LOS CONSEJOS POPULARES DE PODER POPULAR, lo que supone que se reconozca el criterio de la democracia participativa donde se incorporará la participación ciudadana de manera efectiva, suficiente y oportuna, en la definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados. Ver antecedentes: http://www.lavoz.com.ar/content/experiencias-sobre-juntas-participacion-presupuesto-participativo

14. LEY DE SUPERVISION DEL TRABAJO ESCLAVO, PRECARIO, HUMILLANTE, sobre todo con inmigrantes, en textiles, cordón verde y cortaderos de ladrillos. Ver http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/detectan-condiciones-trabajo-precario-talleres-textiles

PARA LA SOLIDARIDAD:

1. EXPROPIACION DEL TERRENO MILITAR QUE COMPRO URNEKIAN. El predio del ex Batallón 141 será destinado al desarrollo educativo, recreativo y deportivo de la niñez y adolescencia de barrios populares, como medida “preventiva” ante el flagelo de la violencia, la delincuencia y la drogadicción.

2. AVANZADA “RAMON CARRILLO, ” SALUD DESDE EL BARRIO” que permita tarea de atención primaria de salud con profesionales médicos que vivan en el territorio, con fuerte acento en la prevención.

3. PROTOCOLO DE ATENCIÓN PRE Y POS INTERRUPCION VOLUNTARIA DEL EMBARAZO en todos los centros asistenciales públicos, para disminuir el riesgo de muertes en las mujeres pobres por abortos clandestinos y tratamiento particularizado de las personas trans en el marco del proyecto para mejorar la accesibilidad a la prevención, diagnóstico y atención del VIH e ITS de población Gay, Trans, Bisexual. En una primera etapa se ofrecerá cinco especialidades.El Servicio de Salud Amigable para la Diversidad Sexual entrará en funcionamiento, en las instalaciones del servicio de infectología del Hospital Interzonal General de Agudos Paroissien ubicado en la localidad de Isidro Casanova.Este proyecto que se viene trabajando desde principio de año, comenzará a funcionar en el área de infectología de ese hospital y se presentará en el marco del “Proyecto para mejorar la accesibilidad a la prevención, diagnóstico y atención del VIH e ITS de población LGBT (Lesbianas, Gays, Travestis, Transexual, Bisexual).
Ver: http://www.sentidog.com/lat/2011/06/29/la-matanza-sera-el-primer-distrito-en-ofrecer-un-servicio-de-acceso-a-la-salud-para-las-personas-trans/

4. DIAS POR MATERNIDAD A LAS EMPLEADOAS DOMESTICAS.Ver: http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/empleadas-domesticas-son-mas-desfavorecidas

5. MODIFICACION DEL CODIGO DE FALTAS PROVINCIAL, anulación del poder de juez de los jefes de policía y derogación del artículo de “merodeo” y “escándalo público”. Ver: http://www.diaadia.com.ar/?q=content%2F%E2%80%9Cla-figura-del-merodeo-una-estupidez%E2%80%9D

6. LEY DE IDENTIDAD DE GENERO (ver que incumbencia puede tener la Provincia)